La intervención del Estado en la actividad aseguradora es ineludible, bien sea porque la regule y vigile su ejercicio en salvaguarda de los intereses de la comunidad asegurada, o porque la absorba parcial o totalmente inspirado en ideologías políticas y económicas que en su base doctrinaria pretenden la búsqueda del bien común. Independientemente de la orientación política del estado, tal búsqueda por lo general gira en torno a tres grandes principios profundamente interrelacionados entre si: la inclusión social, la participación democrática y la igualdad de oportunidades. Veamos cómo las instituciones públicas enfrentan este importante reto desde diferentes perspectivas.
El Estado benefactor
Este concepto se refiere a un conjunto de instituciones propias de las economías de inspiración social demócrata y liberal, conocidas como Sistemas de Seguridad Social, que apoyadas en la estructura del Estado, tienen como objetivo la promoción y la protección del bienestar social y económico de los ciudadanos. En conjunto con los impuestos, el elemento fundamental de la acción del Estado benefactor es la institución del Seguro Social. Esta entidad administra los fondos constituidos bajo un esquema de seguros que son financiados de manera tripartita mediante aportes que son realizados por los trabajadores, los empleadores y por el Estado. Los fondos acumulados son utilizados para otorgar beneficios que incluyen típicamente la provisión de seguro de desempleo, pensiones de vejez, de viudez y de orfandad, seguro de invalidez y servicios médicos. En estas economías la pobreza es considerada como un costo inevitable del proceso de crecimiento económico y para mitigarla, el Estado interviene mediante los sistemas de seguridad social que en la práctica son sistemas de ahorro y de redistribución de la riqueza que transfieren recursos a los más necesitados. Resultados concretos de la aplicación de este concepto puede observarse en economías como la inglesa o la francesa, cuyas tasas de pobreza relativa se dispararían por encima del 25% si son medidas antes de experimentar el benéfico efecto de la seguridad social, que ha logrado contenerla en un promedio histórico de 5% antes de la crisis económica global.
El Estado asegurador
Se puede definir al Estado asegurador como aquel que, a titulo de empresario posee y opera bajo su control empresas u otros organismos que ejercen la actividad aseguradora de manera directa en el mercado. La actividad aseguradora del Estado puede estar enmarcada dentro de una amplia diversidad de orientaciones. Bien sea por razones de interés público o porque actúe dentro de una estructura económica de naturaleza colectivista, el Estado puede reservarse el monopolio de la explotación de la actividad aseguradora o detentar con carácter exclusivo cualquiera de sus ramas. En Latinoamérica tenemos los ejemplos de Costa Rica y del Uruguay, países donde operó el monopolio del estado durante casi todo un siglo. Aún con buenos niveles de desarrollo del sector, ambos países se vieron en la necesidad de romper el esquema monopolista; Uruguay en 1993 y Costa Rica en 2008 para abrir paso a la actividad privada, portadora fundamentalmente de inversiones, y tecnologías necesarias para el desarrollo económico. Una segunda orientación sería la de limitar su acción empresarial a asegurar sus propios intereses por la vía del autoseguro. Una tercera consistiría en el desarrollo de seguros subsidiarios que favorezcan el desarrollo de actividades esenciales para el desarrollo y cuya explotación por parte del sector privado no es viable o es técnicamente arriesgada. Dentro de este género podemos citar a los seguros agropecuarios que protegen el patrimonio del productor agropecuario ante la pérdida de la cosecha o de la cría, así como los seguros de protección a las exportaciones que protegen las operaciones de comercio internacional que el empresario local desarrolla en extranjero. Finalmente, el Estado puede orientar su acción a competir con o sin privilegios con la empresa privada. Hay quienes piensan que por no estar sujetas a la presión de la rentabilidad, y disponer de la estabilidad financiera del Estado, sus aseguradoras pueden trabajar al costo y al mismo tiempo ofrecer al público una mejor garantía final en operaciones. La realidad es que la falta de incentivos para generar un dividendo puede generar una baja productividad lo cual paradójicamente aumenta los costos de la operación y puede terminar desbordando con creces los de la empresa privada. Tampoco el Estado asegurador puede olvidarse de las bases técnicas del seguro y está en la obligación de atender a la necesidad de operar con tarifas adecuadas, seleccionar los riesgos que asume, reasegurarlos si es el caso, y si decide asumir riesgos azarosos, debe hacerlo aplicando tarifas técnicamente calculadas y en volúmenes de negocio que aseguren la viabilidad, siempre bajo la solida rectoría de los órganos reguladores y de una amplia participación ciudadana en la supervisión de la prestación del servicio a los individuos.
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